Contratos art. 60

El Artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) regula la colaboración entre las universidades y el sector empresarial.  Son acuerdos específicos que permiten a la Universidad, sus grupos de investigación, departamentos, institutos, así como a su profesorado, realizar trabajos bajo demanda para entidades públicas o privadas.

Los contratos Artículo 60 en la Universidad Rey Juan Carlos se rigen por el Reglamento para la contratación de trabajos de carácter científico, técnico o artístico (ENLACE), así como por el documento de correcciones de errores, ambos aprobados por el Consejo de Gobierno.

GUÍA PARA ENTENDER Y FORMALIZAR ARTÍCULOS 60 EN LA URJC

¿QUÉ SON LOS CONTRATOS ARTÍCULO 60 LOSU?

¿QUÉ SERVICIOS SE PUEDEN OFRECER BAJO UN CONTRATO Art. 60?

¿QUIEN PUEDE SER IP DE UN CONTRATO Art. 60?

¿QUIEN PUEDE FORMAR PARTE DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN?

TRAMITACIÓN DE UN CONTRATO Art. 60

PRORROGAS Y MODIFICACIONES

GESTION ECONOMICA

RECURSOS UTILES PARA EL IP

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